El Ayuntamiento de València garantizará, mediante la incorporación de una nueva cláusula a los pliegos de condiciones, que las empresas adjudicatarias no puedan minorar unilateralmente las condiciones de trabajo del personal que hasta ese momento realizaba un trabajo determinado para el consistorio pero con otra empresa adjudicataria diferente. “Para el Govern de la Nau es esencial la estabilidad en el empleo de los trabajadores y las trabajadoras y por eso utilizamos todos los mecanismos al alcance del Ayuntamiento para proteger sus derechos laborales”, ha explicado el concejal de Gobierno Interior, Sergi Campillo.

La cláusula que se incorporará a los pliegos de condiciones para futuras adjudicaciones que así determine la Corporación indica que “es condición especial de ejecución, la obligación de la empresa adjudicataria, durante todo el período de ejecución del contrato, de no minorar unilateralmente las condiciones de trabajo en materia de jornada y salario, así como cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable que corresponda a cada momento a las personas trabajadoras adscritas al cumplimiento del contrato, en función del convenio del sector que sea aplicable al presentarse la oferta, excepto acuerdo explícito entre empresa y la representación de los trabajadores y trabajadoras”. El incumplimiento de esta condición especial de ejecución dará lugar a la resolución del contrato.

Esta cláusula para proteger los derechos laborales de trabajadores y trabajadoras se suma a las que ya se aprobaron el año pasado para todas las contrataciones municipales. Desde ese momento hay cláusulas sociales que reclaman la implantación, por ejemplo, de planes de igualdad o medidas para evitar el acoso sexual. También hay lingüísticas, para garantizar el uso normalizado del valenciano, y anticorrupción, para evitar la contratación con mercantiles con comportamientos ilícitos, como el financiamiento ilegal de partidos políticos, o medioambientales como la obligación de uso de productos químicos no agresivos en limpieza de colegios o de reciclaje de papel, cartón y plástico en limpieza de dependencias municipales.

“Como el resto de cláusulas, esta nueva que incorporamos para defender los derechos laborales es de obligado cumplimiento en aquellos contratos que decida la corporación. No caben comportamientos ilícitos o poco éticos para las empresas que aspiren a contratos municipales, y menos cuando hablamos de derechos laborales”, ha afirmado Campillo.