Castillo: «el Ayuntamiento no tiene competencia para sancionar la prostitución en la vía pública, los ayuntamientos deben basarse en una ley de rango superior para sancionar en su término municipal. La prostitución no es ilegal en España»
La concejala del Grupo Municipal Compromís, Consol Castillo, informó que Compromís ha solicitado la retirada de la propuesta de ordenanza de prostitución a través de una única enmienda, por entender que es una ordenanza innecesaria que no solucionará el problema de la convivencia en las calles de Valencia, por contener un lenguaje antiguo, profundamente reaccionario y, sobre todo, por entender que el Ayuntamiento de Valencia no tiene competencia para sancionar la prostitución en la vía pública.
La concejala de Compromís ha explicado que «la ordenanza usa un lenguaje antiguo, profundamente reaccionario y recuerda a la» ley de vagos y maleantes». Castillo ha criticado el hecho de que en su redactado hayan frases como «Se prohíbe las conductas que bajo apariencia de prostitución, obstaculicen o impidan el libro tránsito de los Ciudadanos por los Espacios Públicos […]» y se preguntó quien determinará lo que es un «bajo apariencia de prostitución». «Una excusa que abra la puerta a una arbitrariedad muy preocupante por parte de la administración», ha destacado la concejala de Compromís.
Por otro lado, Castillo señaló que no es necesaria una ordenanza de prostitución porque no solucionará el problema de convivencia en la vía pública. «La experiencia fallida de las ordenanzas de Madrid y Barcelona lo corrobora. Las ordenanzas de prostitución sólo hacen más difícil la vida de las mujeres que ejercen la prostitución, sin solucionar el problema de fondo».
Castillo ha explicado que la ordenanza abre la posibilidad de sancionar a las personas que ejercen la prostitución en la vía pública. Aunque en la ordenanza se recoge que las personas que ejercen la prostitución no podrán ser sancionadas (Art. 3.2), también se contempla que estarán cometiendo una infracción (Artículo 3: punto 1.1.1, 1.2.1 y 1.3.1 del ofrecimiento de servicios sexuales remunerados en la vía pública. En consecuencia, un agente de la autoridad podrá denunciarlas por desobediencia si no atienden sus órdenes de abandonar la actividad (Artículo 5, punto 1). En conclusión, por Compromís, las mujeres que ejercen la prostitución se arriesgan a una sanción por desobediencia y por tanto, quien diga que no pueden ser sancionadas no está diciendo la verdad.
Desde Compromís pensamos que «el Ayuntamiento no tiene competencia para sancionar la prostitución en la vía pública, ya que como muy bien dice la jurisprudencia, los ayuntamientos deben basarse en una ley de rango superior para sancionar en su término municipal. La prostitución no es ilegal en España y no hay ninguna ley que la prohíba».
Castillo ha concluido que «desde una óptica progresista es imposible apoyar esta ordenanza represora, que no solucionará ninguno de los retos planteados, hará la vida más difícil a las mujeres que ejercen la prostitución porque tendrán que esconderse aún más por negociar el servicio sexual, con más probabilidades de agresiones y abra la puerta a denunciar a las mujeres por desobediencia a la autoridad y en todo caso, sólo trasladará el problema de un lugar a otro de la ciudad.