La Junta de Gobierno Local ha dado el primer paso para la aprobación del proyecto de ordenanza municipal presentado por la regidora de Medio Ambiente, Pilar Soriano, para regular el procedimiento de otorgamiento de autorizaciones para la gestión de los huertos urbanos en la ciudad de València. La nueva ordenanza es la primera que se hace sobre esta materia en nuestra ciudad y también es la primera que contempla la gestión del espacio público directamente por parte del vecindario de la ciudad. Tendrá que ser aprobada en sesión plenaria.
“Con esta ordenanza damos un paso adelante en el tratamiento de las zonas urbanas en relación a su historia y tradición y cedemos la gestión a la ciudadanía en unos espacios que queremos promover desde el Govern de la Nau, los huertos urbanos, una alternativa de ocio saludable para todos los vecinos y las vecinas que se interesan por la agricultura tradicional”, ha explicado Soriano.
El objetivo del nuevo reglamento es “organizar una actividad lúdica y educativa que fomentará la participación de la población en la recuperación y el mantenimiento de una agricultura respetuosa con el medio ambiente a través de los huertos urbanos, una propuesta que promueve la idea de desarrollo sostenible y contribuye a conservar el patrimonio agrícola de la huerta en un año muy importante para nuestra ciudad por la Capitalidad Mundial de la Alimentación”, ha afirmado la regidora.
La ordenanza establece que los huertos urbanos se sitúan en parcelas municipales de uso público, con una valla perimetral y puertas de acceso que permitirán al vecindario pasear por ellas en horarios determinados. La autorización para el uso de esos espacios será gratuita.
También se señalan como objetivos de la creación de huertos urbanos el fomento de la participación ciudadana, la promoción de la educación ambiental con una producción con finalidad educativa, de ocio y de autoconsumo y la adquisición de valores que motiven a interesarse por la conservación de la biodiversidad.
La nueva ordenanza explica quién puede solicitar la adjudicación de los espacios y cómo hacerlo y determina que la duración de cada autorización no podrá exceder los cuatro años y no es transmisible a terceras personas. Las entidades autorizadas tendrán que garantizar el desarrollo de la actividad agrícola y hacerse cargo de los gastos de mantenimiento ordinario de las instalaciones, como por ejemplo la limpieza, la reposición de los elementos de cierre de accesos (candados, cerrojos, etc.), la reparación de las mallas y de los sistemas de riego cuando la avería sea derivada del uso, la adquisición de los productos necesarios para el mantenimiento de la tierra y cualquier otro gasto ordinario que sea necesario acometer en función del deterioro de las instalaciones provocado por su uso y aprovechamiento.
Para el seguimiento y control de la gestión de los huertos urbanos el Ayuntamiento adscribirá el personal técnico correspondiente que tendrá la consideración de autoridad en el ejercicio de sus facultades de inspección. Entre las normas de obligado cumplimiento está la necesidad de destinar los espacios al cultivo de especies vegetales típicamente hortícolas y de regadío y la obligación de no derrochar el agua. El uso se limitará al horario de 7 de la mañana a 7 de la tarde, mientras que en verano se alargará hasta las 9 de la noche.
El régimen de uso de los huertos contempla la posibilidad de que haya visitas de escolares a los espacios de los huertos urbanos, “una oportunidad para incidir en la puesta en valor de la actividad, inculcar valores sobre la agricultura tradicional y aquellos ligados a la tierra y la naturaleza”, ha destacado Soriano.